
La Federación Catalana de Golf ha anunciado que, en base a la Resolución SLT/2700/2020, de 29 de octubre por la que se prorrogan y modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña, sobre la práctica del deporte del golf federado se establecen varios puntos que afectan a los clubs de golf catalanes.
Se suspende la apertura al público de clubs, campos e instalaciones de golf en Cataluña por un plazo de quince días (hasta el día 13 de noviembre de 2020 inclusive), a excepción de los centros de tecnificación y rendimiento deportivos, tanto de titularidad pública como privada, así como de las instalaciones y equipamientos deportivos que tengan que acoger entrenamientos y competición profesional, estatal e internacional.
Respecto de los entrenamientos profesionales, se permite la apertura de clubs y campos de golf y demás instalaciones deportivas, a los exclusivos efectos de acoger entrenamientos y competición profesional, estatal o internacional, de deportistas y entrenadores de éstos.
Por otro lado, los clubs y campos de golf, cerrados al público en virtud de esta resolución, podrán realizar cuantos trabajos estimen oportunos referentes a la conservación, funcionamiento, mantenimiento y organización, siempre y cuando cumplan las medidas de prevención e higiene en los centros de trabajo. A estos efectos, se exceptúa la restricción establecida de entrada y salida de las personas en cumplimiento de sus obligaciones laborales.